En el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 752, de fecha 26 de febrero de 2025, se publicó la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2025-0006 de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros – SCVS. Dicha Resolución establece el impuesto de uno por mil de los activos reales correspondientes al 2025 para las compañías y entidades sujetas a la supervisión de la SCVS. A continuación, resumimos su contenido.
- Las compañías con activos reales superiores a US$ 100.000,00 deberán pagar una contribución equivalente al uno por mil de sus activos reales.
Sin embargo, aquellas compañías que presenten sus estados financieros dentro del plazo establecido (30 de septiembre de 2025) podrán acceder a tarifas reducidas, conforme la siguiente tabla:
Monto del activo real de las compañías | Contribución por mil sobre el activo real | |
Desde | Hasta | |
– | 100,000,00 | 0,00 |
100,000,01 | 1.000.000,00 | 0,74 |
1.000.000,01 | 20.000.000,00 | 0,80 |
20.000,000.01 | 500.000.000,00 | 0,88 |
500.000.000,01 | En adelante | 0,94 |
- Los sujetos pasivos cuyo capital social esté compuesto, al menos en un 50%, por participaciones de instituciones de derecho público o privado con finalidad social o pública, deberán pagar únicamente el 50% del valor de la contribución.
- El monto correspondiente a la contribución deberá ser depositado hasta el 30 de septiembre de 2025. No obstante, los sujetos pasivos que efectúen un pago de al menos el 50% antes de dicha fecha, podrán cancelar el saldo restante hasta el 31 de diciembre de 2025, sin recargos ni penalidades.
- Las compañías holding o tenedoras de acciones podrán presentar sus estados financieros consolidados y pagarán la contribución sobre los activos reales que se reflejen en dichos estados financieros consolidados.
- En el caso de empresas extranjeras, ya sean estatales, privadas o mixtas, la contribución se calculará con base en los activos reales registrados en el país. Estos deberán estar debidamente reflejados en sus estados financieros.
Quito D.M. / Guayaquil, marzo de 2025