El Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-006, emitido por la Ministra del Trabajo, Abg. Ivonne Elizabeth Núñez Figueroa el 8 de enero de 2025, expide el Reglamento para operativizar el proceso de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.
Los ejes principales que se establecen en el Acuerdo Ministerial definen las siguientes responsabilidades de empleadores tanto del sector público como privado:
1. Capacitación obligatoria: 40 horas mínimas anuales para trabajadores y empleados sobre temas de género, derechos laborales, y no discriminación.
2. Sensibilización: Implementar acciones que permitan concientizar sobre la igualdad de género y el valor del trabajo.
3. Reportes anuales: Empleadores deben reportar las acciones de capacitación y sensibilización en enero de cada año.
4. Sanciones: El incumplimiento de los tres primeros ejes prevé sanciones.
5. Certificación de cumplimiento: El cumplimiento de los tres primeros ejes permite acceder al empleador a la certificación de cumplimiento de obligaciones para alcanzar la igualdad salarial entre hombres y mujeres.
6. Procedimiento para denuncias: Se prevé un nuevo procedimiento en caso de discriminación salarial ante el Inspector de Trabajo, así como la posibilidad de acudir ante el juez de trabajo quien será el competente para determinar la vulneración de derechos en el ámbito salarial y como consecuencia ordenar el pago retroactivo de la remuneración y fijación de una remuneración ajustada a principios de igualdad en el trabajo.
El Acuerdo Ministerial busca asegurar la igualdad salarial entre mujeres y hombres en cumplimiento de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial. El Reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Quito D.M. / Guayaquil, enero 2025