El 14 de mayo de 2025, se promulgó en el Registro Oficial No. 38 la Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, con el objetivo principal de erradicar la discriminación por edad en el ámbito laboral y promover la igualdad de oportunidades.

Entre las modificaciones introducidas al Código de Trabajo, destacan:

Capacitación Obligatoria: Los empleadores deberán proporcionar al menos 10 horas de capacitación a sus trabajadores en temas relacionados con la erradicación de la discriminación por edad.

Cuota de Empleo para Mayores de 40: Las empresas con al menos 25 empleados deberán contratar al menos un trabajador mayor de 40 años. En empresas con nóminas más grandes, el 4% de la plantilla deberá estar compuesta por personal mayor de 40 años.

Sanciones por Incumplimiento: Los empleadores que no cumplan con la cuota de contratación de personas mayores de 40 años estarán sujetos a sanciones diarias que oscilan entre USD 10 y USD 20.

Prohibiciones: Se prohíben las restricciones de edad en los anuncios de empleo, la exigencia de pólizas de seguros como requisito previo a la contratación y la rescisión del contrato laboral por motivos de edad.»

Quito, D.M. / Guayaquil, mayo de 2025