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- abril 1, 2020
Con éste se remite un Boletín Informativo de la Firma. El mismo presenta una codificación de los porcentajes de retención de Impuesto a la Renta en la fuente, según nuevas disposiciones emitidas en marzo de 2020.
Almeida Guzmán & Asociados | ||||
Porcentajes de Retención de Impuesto a la Renta Vigentes (al 1 de abril de 2020) | ||||
Porcentaje de Retención | [Concepto] Pagos o acreditaciones en cuenta, cuyo concepto sea: | Observación | Fecha de la Última Reforma (o fecha de vigencia): | Disposición Legal/Reglamentaria |
0% | Intereses pagados a bancos y entidades sujetas vigilancia de Superintendencias de Bancos, y de Economía Popular y Solidaria. | No aplica a operaciones interbancarias. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 |
Bienes o servicios desarrollados por personas privadas de libertad. |
| 17 de mayo de 2018 | Resolución No. 2018-00196 | |
1% | Intereses y comisiones en operaciones de crédito celebradas entre bancos y otras entidades sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria. | Incluye operaciones en que el Banco Central actúe como intermediario. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 |
Servicios de transporte privado de pasajeros o transporte público o privado de carga. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Energía Eléctrica. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Adquisición de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestal y carnes, que se mantengan en estado natural. | Estado Natural: Un bien se encuentra en tal estado, si no es objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación en su naturaleza. | 20 de marzo de 2020 | Resolución 2020-00020 | |
Actividades agropecuarias en etapa de producción y/o comercialización local, o aquellas que se exporten. | 20 de marzo de 2020 | Resolución 2020-00020 | ||
Adquisición local de banano a un sujeto distinto del productor. | Retención por adquisiciones directas al productor. | 1 de diciembre de 2015 | Resolución 2015-03146 | |
Actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Enajenación de derechos representativos de capital u otros derechos que permitan la exploración, explotación, concesión o similares. | Beneficiario: residentes y no residentes en Ecuador. Derechos no cotizados en bolsas de valores de Ecuador. | 3 de septiembre de 2019 | Resolución 2019-00042 | |
Adquisición al cultivador/productor de palma aceitera. |
| 16 de febrero de 2018 | Resolución 2018-00038 | |
Recepción de botellas plásticas PET no retornables. | Exención de una fracción básica desgravada a favor de personas naturales por cada ejercicio fiscal. | 20 de noviembre de 2017 | Resolución 2017-00565 | |
1.5% | Total de ingresos gravados generados mensualmente por empresas que tengan suscritos con el estado, contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos bajo cualquier modalidad, o contratos de obras y servicios específicos conforme la Ley de Hidrocarburos o de servicios petroleros complementarios, así como empresas de transporte de petróleo crudo. | La disposición implica una auto-retención. La retención deberá emitirse a nombre de la propia empresa. La retención deberá ser emitida mensualmente. | 27 de marzo de 2020 | Decreto Ejecutivo No. 1021 |
1.75% | Adquisición de todo tipo de bienes muebles de naturaleza corporal. |
| 20 de marzo de 2020 | Resolución 2020-00020 |
Servicios de seguros y reaseguros prestados por sociedades constituidas en Ecuador y sucursales de sociedades extranjeras domiciliadas en el país. | Extraoficialmente el SRI ha informado que se ha hecho extensiva la aplicación de la tarifa del 1.75% a esta transacción, con base en lo establecido en el Artículo 118 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. La Retención del 1.75% se aplica sobre el 10% de las primas facturadas o planilladas. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Arrendamiento mercantil prestado por sociedades constituidas en Ecuador. | Extraoficialmente el SRI ha informado que se ha hecho extensiva la aplicación de la tarifa del 1.75% a esta transacción, con base en lo establecido en el Artículo 119 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Debe aplicarse sobre las cuotas de arrendamiento y la opción de compra. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Servicios prestados por medios de comunicación y agencias de publicidad. | Extraoficialmente el SRI ha informado que se ha hecho extensiva la aplicación de la tarifa del 1.75% a esta transacción, con base en lo establecido en el Artículo 120 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Total de ingresos gravados generados mensualmente por instituciones sometidas a vigilancia de Superintendencia de Bancos y Empresas de Telefonía Móvil. | La disposición implica una auto-retención. La retención deberá emitirse a nombre de la propia empresa. La retención deberá ser emitida mensualmente. | 27 de marzo de 2020 | Decreto Ejecutivo No. 1021 | |
2% | Servicios prestados por personas naturales en los que prevalezca la mano de obra sobre el factor intelectual. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 |
Pagos o acreditaciones que realicen las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus establecimientos afiliados, o los realizados por entidades del sistema financiero por consumos con tarjetas de débito de sus clientes. |
| 29 de noviembre de 2016 | Resolución No. 2016-00468 | |
Intereses reconocidos por cualquier entidad del sector público a favor de los sujetos pasivos. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Los que se realicen a través de liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios a personas naturales, imposibilitadas de emitir comprobantes de venta. | Pago a favor de personas naturales: No obligadas a llevar contabilidad; no inscritas en el RUC. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Intereses, descuentos y cualquier otra clase de rendimientos financieros generados por préstamos, cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo, certificados de inversión, avales, fianzas y cualquier otro tipo de documentos similares. |
| 1 de diciembre de 2015 | Resolución 2015-03146 | |
Adquisición de sustancias minerales dentro de territorio nacional. |
| 5 de agosto de 2016 | Resolución 2016-00325 | |
2.75% | Cualquier pago o crédito no sujeto a un porcentaje de retención específico. |
| 20 de marzo de 2020 | Resolución 2020-00020 |
8% | Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales donde prevalezca el intelecto sobre la mano de obra. | Servicio no relacionado con el título profesional del prestador. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 |
Cánones, regalías, derechos relacionados con la titularidad o explotación de derechos de propiedad intelectual. | Pagados a favor de: Residentes en el Ecuador; y, entidades domiciliadas o con establecimiento permanente en Ecuador. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Por actividades inherentes al cargo de Notario. |
| 1 de diciembre de 2015 | Resolución 2015-03146 | |
Actividades realizadas por deportistas, árbitros y cuerpo técnico que no se encuentren en relación de dependencia. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Actividades realizadas por artistas nacionales o extranjeros residentes en el Ecuador. | Exclusivamente a favor de personas naturales. | 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Arrendamiento de bienes inmuebles. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Prestación de servicios de docencia prestados por personas naturales residentes en el Ecuador. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
10% | Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales donde prevalezca el intelecto sobre la mano de obra y se encuentren relacionados con su título profesional. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 |
Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales -incluidos artistas, deportistas, entrenadores, árbitros y miembros del cuerpo técnico – y sociedades, nacionales o extranjeras, residentes en Ecuador, por el ejercicio de actividades relacionadas directa o indirectamente con la utilización o aprovechamiento de su imagen o renombre. |
| 2 de octubre de 2014 | Resolución No. 2014-00787 | |
Enajenación de derechos representativos de capital u otros derechos que permitan la exploración, explotación, concesión o similares . | Derechos que se coticen en bolsas de valores del Ecuador. | 3 de septiembre de 2019 | Resolución 2019-00042 | |
Dividendos o utilidades distribuidas por sociedades ecuatorianas a favor de personas naturales residentes en el Ecuador, o a favor de personas naturales y sociedades extranjeras, no residentes en el país. | Se considera como ingreso gravado al 40% del dividendo distribuido. La tarifa es 25%. | 31 de diciembre de 2019 | Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria | |
15% | Premios y beneficios provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares. | No aplica en caso que las loterías, rifas, o similares sean organizadas por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. | 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno |
25% | Pagos o acreditaciones a favor de personas naturales y sociedades no residentes en Ecuador, que constituyan ingresos gravados y no estén sujetos a una exención específica. | No sujetos a una retención en la fuente específica. Como regla general, si el beneficiario del pago o acreditación es residente o está constituido en un paraíso fiscal o una jurisdicción de menor imposición, la retención será del 35%. | 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno |
Comisiones pagadas por exportaciones, cuando las mismas excedan el 2% del valor de las exportaciones. | Se aplicará la retención en todos los casos, si el beneficiario de la comisión es: Relacionada del exportador; y/o el beneficiario se encuentra domiciliados en un paraíso fiscal o un régimen fiscal preferente. | 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno | |
Comisiones pagadas para promocionar el turismo receptivo cuando las mismas excedan el 2% del valor de las exportaciones.
| Se aplicará la retención en todos los casos, si el beneficiario de la comisión es: Relacionada del exportador; y/o el beneficiario se encuentra domiciliados en un paraíso fiscal o un régimen fiscal preferente. | 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno | |
La base es el 25% de las primas de cesión o reaseguros contratados con sociedades que no tengan establecimiento permanente en Ecuador. | Si no se supera el porcentaje señalado por la entidad reguladora de seguros. | 29 de diciembre de 2014 | Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal. | |
La base es el 50% de las primas de cesión o reaseguros contratados con sociedades que no tengan establecimiento permanente en Ecuador. | Si se supera el porcentaje señalado por la entidad reguladora de seguros. | 29 de diciembre de 2014 | Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal. | |
Primas de cesión o reaseguros pagados a una entidad aseguradora constituida en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición. |
| 29 de diciembre de 2014 | Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal. | |
El 10% de los pagos efectuados a agencias internacionales de prensa. | Deben encontrarse registradas en la Secretaría Nacional de Comunicación del Estado. | 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno | |
El 10% del valor de los contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacional. |
| 17 de noviembre de 2004 | Ley de Régimen Tributario Interno | |
Pagos a extranjeros no residentes en Ecuador, por su participación en espectáculos públicos. | En caso que el beneficiario del pago sea residente en un paraíso fiscal o esté sujeto a un régimen preferente, la retención será del 35%. | 31 de diciembre de 2015 | Decreto Ejecutivo No. 869 | |
Servicios ocasionales prestados por personas naturales sin residencia en Ecuador. | La duración de los servicios debe ser menor a 6 meses. | 31 de diciembre de 2014 | Decreto Ejecutivo No. 539 | |
Dividendos anticipados otorgados por una sociedad a favor de sus beneficiarios de derechos representativos de capital o partes relacionadas. |
| 31 de diciembre de 2019 | Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria | |
Arrendamiento Mercantil Internacional, si la tasa de interés excede la tasa LIBOR BBA vigente a la fecha del registro del crédito. La retención se aplicará sobre el exceso. | En caso que no se use la opción de compra se deberá efectuar retención sobre el valor de depreciación acumulada del activo. El porcentaje de retención será del 35% en caso que el arrendador se encuentre en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición. | 24 de agosto de 2018 | Decreto Ejecutivo No. 476 |