- admin
- marzo 22, 2023
El 21 de marzo de
2023 el Servicio de Rentas Internas – SRI emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC23-000010,
mediante la cual amplía el plazo para la presentación de anexos y declaraciones
de impuestos con vencimiento en marzo de 2023. A continuación resumimos su
contenido.
RESEÑA. –
1) Las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades pertenecientes al régimen general, cuyo noveno dígito del RUC sea 7, podrán presentar sus declaraciones y anexos de impuestos [cuyo vencimiento sea marzo 2023], sin que se generen multas e interés, conforme el siguiente calendario:
Noveno Dígito del RUC o Cédula Fecha
de Vencimiento
7 13 de abril de 2023
3) Los sujetos pasivos obligados a presentar la declaración de la Contribución destinadas al financiamiento de la atención integral del cáncer, cuyo vencimiento sean los días 21, 22 y 23 de marzo, podrán presentar la declaración correspondiente hasta el 28 de marzo de 2023.
4) Los sujetos pasivos pertenecientes al RIMPE, cuyo noveno dígito del RUC sea 6 y 7 podrán presentar las declaraciones y anexos cuyo vencimiento sea marzo de 2023 [incluyendo el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022] sin generar multas e intereses, de acuerdo con el siguiente calendario:
Noveno Dígito del
RUC o cédula Fecha
de vencimiento
6 11
de abril de 2023
7 19 de abril de 2023
Quito D.M / Guayaquil,
marzo de 2023