El 4 de septiembre de 2025, el Consejo de la Judicatura – CJ emitió el REGLAMENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL SERVICIO NOTARIAL A NIVEL NACIONAL. A continuación, se detalla las actividades adicionales que deben ejecutarse para la tramitación de la autorización de salida del país correspondiente:

ResponsableActividad
Usuarios Presentar el formulario de petición. Formulario: https://surl.li/tahasb
NotariosVerificar la presentación del formulario.
Realizar entrevistas a los comparecientes cuyo contenido deberá registrarse Sistema Informático Notarial – SIN.
Suscribir el acta notarial en el que el padre, madre o ambos autorizan la salida del país.
Recoger las huellas dactilares y tomar fotografías de los comparecientes, e incorporar el acta notarial al libro de protocolo.
Incluir en el acta notarial alguna de las siguientes medidas de seguridad: holograma de seguridad, código QR, sello seco u otro medio que permita verificar la autenticidad del documento.

Quito D.M. / Guayaquil, septiembre de 2025