El Ministerio del Trabajo, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-195, publicado en el Registro Oficial – Suplemento Nro. 187 de 18 de diciembre de 2025, fijó el Salario Básico Unificado (SBU) del trabajador en general para el año 2026.
Nuevo monto del SBU
A partir del 1 de enero de 2026, el Salario Básico Unificado se establece en USD 482,00, lo que representa un incremento de USD 12,00 respecto del año anterior.
Este valor es de aplicación general y obligatoria para todos los trabajadores incluidos, entre otros:
- trabajadores de la pequeña industria;
- trabajadores agrícolas;
- trabajadores de maquila;
- trabajadores remunerados del hogar;
- operarios de artesanías; y
- colaboradores de la microempresa.
Alcance legal
De conformidad con el artículo 81 del Código del Trabajo, los sueldos y salarios podrán estipularse libremente entre las partes, siempre que no sean inferiores al SBU fijado. El incumplimiento de este mínimo legal puede generar contingencias laborales y sanciones administrativas.
Entrada en vigencia
El Acuerdo Ministerial entra en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, pero su aplicación obligatoria es a partir del 1 de enero de 2026.
Recomendación
Se recomienda a los empleadores revisar y ajustar oportunamente sus estructuras salariales, roles de pago y obligaciones laborales, a fin de garantizar el cumplimiento del nuevo SBU y evitar riesgos legales.
Quito D.M., diciembre de 2025