El Ministerio del Trabajo, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-195, publicado en el Registro Oficial – Suplemento Nro. 187 de 18 de diciembre de 2025, fijó el Salario Básico Unificado (SBU) del trabajador en general para el año 2026.

 Nuevo monto del SBU

A partir del 1 de enero de 2026, el Salario Básico Unificado se establece en USD 482,00, lo que representa un incremento de USD 12,00 respecto del año anterior.

Este valor es de aplicación general y obligatoria para todos los trabajadores incluidos, entre otros:

  • trabajadores de la pequeña industria;
  • trabajadores agrícolas;
  • trabajadores de maquila;
  • trabajadores remunerados del hogar;
  • operarios de artesanías; y
  • colaboradores de la microempresa.

Alcance legal

De conformidad con el artículo 81 del Código del Trabajo, los sueldos y salarios podrán estipularse libremente entre las partes, siempre que no sean inferiores al SBU fijado. El incumplimiento de este mínimo legal puede generar contingencias laborales y sanciones administrativas.

Entrada en vigencia

El Acuerdo Ministerial entra en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, pero su aplicación obligatoria es a partir del 1 de enero de 2026.

 Recomendación

Se recomienda a los empleadores revisar y ajustar oportunamente sus estructuras salariales, roles de pago y obligaciones laborales, a fin de garantizar el cumplimiento del nuevo SBU y evitar riesgos legales.

Quito D.M., diciembre de 2025