- admin
- abril 17, 2020
El 15 de abril de 2020 la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros emitió la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2020-0007, por la cual estableció NUEVOS PLAZOS PARA EL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2019. A continuación, resumimos su contenido.
Art. 1.- Disponer que, por única vez, sin necesidad de trámite previo, las sociedades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que se encuentren obligadas al pago de la contribución del ejercicio fiscal 2019 pagaderas en el año 2020, podrán efectuar el mismo en dos cuotas, de la siguiente forma:
a) El 50% del valor de la contribución será cancelado hasta el 30 de septiembre de 2020.
b) El 50% restante, se pagará sin recargo hasta el 31 de diciembre de 2020.
Art. 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, las compañías podrán cancelar el valor total de la contribución del ejercicio fiscal 2019, hasta el 30 de septiembre de 2020.
Quito D.M./Guayaquil, abril de 2020.