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- julio 23, 2026
Recordamos a nuestros clientes que conforme lo prescribe el Art. 96 del Código Orgánico de la Función Judicial, a partir del 1 y hasta el 15 de agosto de 2026 operará el período de vacancia judicial en las regiones Sierra y Amazonía. El receso judicial suspende los plazos y términos dentro de los procesos en trámite, con el fin de no vulnerar garantía alguna.
El receso antes referido no aplicará para los juzgados, tribunales y salas de garantías penales generales y especializadas; y, los juzgados de la familia, mujer niñez y adolescencia. Las acciones de garantías jurisdiccionales que se presenten durante los recesos judiciales, serán conocidas, previo sorteo, por las y los jueces que continúen laborando.
Quito D.M / Guayaquil, julio de 2026