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- julio 20, 2026
El 14 de julio de 2026 el Servicio de Rentas Internas – SRI emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000026, mediante la cual se establece el mecanismo para la declaración de la obligación de pago a cuenta sobre utilidades no distribuidas. A continuación, resumimos su contenido.
Sujetos obligados
Sociedades residentes y establecimientos permanentes en el Ecuador de sociedades no residentes que, hasta el 31 de julio del ejercicio fiscal corriente, no distribuyan las utilidades acumuladas de ejercicios anteriores.
Forma de declaración y pago
Los contribuyentes pueden satisfacer la obligación de la siguiente forma:
1.- Declaración y pago en una sola cuota: el sujeto obligado deberá realizar la declaración y pago total en agosto. Para el efecto debe utilizar el código de obligación «1077 PAGO A CUENTA SOBRE UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS», o
2.- Declaración y pago diferido en 3 cuotas: El sujeto obligado deberá declarar y pagar las cuotas correspondientes en agosto, septiembre y octubre. Para el efecto debe considerar el noveno dígito del RUC, y utilizar el código “1078 PAGO A CUENTA SOBRE UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS CUOTAS”.
Una vez escogida la forma de declaración y pago, la misma no podrá ser modificada mediante declaraciones sustitutivas. No se otorgará convenios de pago respecto de esta obligación.
Forma de presentación
El Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta, Autorretenciones de Grandes Contribuyentes y Pago a Cuenta Sobre las Utilidades no Distribuidas, será presentado por internet, través de la página web del SRI.
Pagos efectuados en 2025
Se reputará satisfecha la obligación tributaria para aquellos contribuyentes que, hasta el 14 de julio de 2026, hubieren efectuado el pago total del valor determinado por concepto de pago a cuenta sobre utilidades no distribuidas correspondiente a 2025, mediante el formulario 106 “MÚLTIPLE DE PAGOS” en los períodos de noviembre y/o diciembre de 2025.
La presente Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, el 15 de julio de 2026.
Quito D.M. / Guayaquil, julio de 2026